Toda persona acusada de un delito, tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe lo contrario, conforme a la ley en juicio público, en el que se hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delitos seguir el derecho nacional o internacional, tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.